En Colombia, la garantía posventa en proyectos de construcción está regulada principalmente por la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) y la Ley 1796 de 2016 (Ley de Vivienda Segura). Estas normas establecen los derechos de los compradores y las obligaciones de las constructoras frente a defectos en las viviendas entregadas.
¿Qué es la Garantía Posventa en una Constructora?
La garantía posventa es el compromiso que asume la constructora de reparar, corregir o reponer elementos de la vivienda que presenten defectos o fallas dentro de un período determinado, dependiendo de la gravedad del problema.
Plazos de Garantía según la Ley 1480 de 2011 y la Ley 1796 de 2016
- Vicios o defectos estructurales: 10 años (Ejemplo: grietas en muros de carga, fallas en cimentación, problemas con la estabilidad del edificio).
- Vicios funcionales o de habitabilidad: 1 año (Ejemplo: filtraciones, daños en sistemas eléctricos, humedades).
- Defectos en acabados: 1 año (Ejemplo: baldosas sueltas, fallas en pintura, puertas en mal estado).
El constructor es responsable de la calidad de la vivienda, y cualquier problema que afecte la seguridad, estabilidad o funcionalidad debe ser corregido dentro de los plazos legales. Registra tu PQRS en el siguiente link:
https://www.buenvivir.co/posventa-y-pqr
¿Qué Hacer si la Constructora No Responde?
Si la constructora ignora la solicitud o no soluciona el problema, puedes acudir a otras instancias:
- Superintendencia de Industria y Comercio (SIC): Puedes presentar una queja por incumplimiento de garantía ante la Superintendencia de Industria y Comercio (www.sic.gov.co).
- Alcaldía Local e Inspección de Policía: Puedes acudir a la Inspección de Policía de la Alcaldía Local y presentar una queja por afectaciones a la seguridad y habitabilidad (www.ciudadbolivar.gov.co)